Sección Sindical UGT Qipro

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Tras muchos meses de negociación entre los representantes de UGT Qipro de Málaga y Murcia, y los representantes del Grupo Acenture, ya podemos anunciar que hemos llegado a un acuerdo.

Dicho acuerdo entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, el cual no habría sido posible sin vuestro apoyo y las continuas movilizaciones llevadas a cabo en los últimos meses.

A continuación os damos los detalles del mismo:


Hemos conseguido las siguientes mejoras:

a. Teletrabajo al 60%:

El porcentaje puede variar entre departamentos en función de las necesidades operativas, cada área está elaborando su plan de teletrabajo que conoceremos próximamente y será del 60% de media.

b. Flexibilidad horaria:

Vamos a tener la opción de entrar hasta 30 minutos antes o salir hasta una hora después de tu horario habitual, con la excepción de los retenes.

c. Categoría profesional:

Todos los gestores ascienden al grupo 5 de cotización. Y todo aquel que lleve 4 años en la empresa, tras la firma del acuerdo, pasará de categoría E2 a categoría E1 de forma automática.

d. Seguro de vida y accidente valorado en 60.000€:

Tendremos un seguro de vida que nos cubre el fallecimiento y/o accidente, en el caso de sufrir un accidente en horario laboral o extra laboral, por lo que el mismo puede llegar a cobrarse por los dos conceptos.

e. Jornada continua y teletrabajo en días especiales:

Para los días de Nochebuena, Nochevieja, Reyes y Semana Santa la jornada será continua; y disfrutaremos de 100% de teletrabajo.

f. Complemento por teletrabajo/transporte:

Cobraremos 30€ fijos mensuales toda la plantilla, que cobraremos estando de baja o vacaciones y tanto en casa como en oficina, por los gastos acarreados por el teletrabajo y/o transporte.

g. Se reforma el Plus de compensación:

El Plus de Compensación se va a dividir en una parte fija de 45€ mensuales, que cobraremos estando de baja o vacaciones; y en una parte variable de 7€ diarios (en concepto de dieta) por tener jornada partida.

h. Armonización de nóminas y nuevo complemento:

El Plus de vinculación, el Trending y la Ayuda Familiar se unifican en un nuevo complemento fijo mensual de 30€ para toda la plantilla, que cobraremos estando de baja o vacaciones.


Mantenemos las siguientes condiciones laborales:

a. Complemento por incapacidad temporal:

Se cobra el 100% del salario desde el primer día de baja laboral.

b. Garantía de no absorción del complemento por antigüedad:

La empresa se compromete a no absorber los trienios (complemento de antigüedad) con otros conceptos de la nómina. En el grupo Accenture suelen absorber este concepto en sus empresas BPO.

c. Tiempo de desayuno como tiempo de trabajo efectivo:

En el grupo Accenture no suelen tener un tiempo para desayunar y que cuente como tiempo trabajado. Después del acuerdo nos aseguramos tener 20 minutos de desayuno (almuerzo) que se considera trabajo efectivo.

d. 6 días de asuntos propios al año:

Este punto es muy importante, ya que hemos conseguido mantener un derecho que pocas empresas tienen y sobre todo en el grupo Accenture.

e. Las vacaciones se aprueban antes del 28 de febrero:

Puede parecer algo banal, pero para mucha gente es fundamental tener claro a principio de año cuando va a disponer de sus vacaciones. Esto les permite organizarse y poder planificar. En otras empresas de Accenture las vacaciones se van cerrando conforme va avanzando el año según las necesidades de la empresa.

f. Horarios y retenes:

Seguimos con nuestro horario de 8 h a 17 h con la excepcionalidad de los retenes, como hasta ahora.

g. 39 horas semanales:

Mantenemos los viernes de jornada continua de 7 horas (excepto retenes), como hasta ahora.

h. 35 horas semanales en agosto:

Mantenemos la jornada continua de 7 horas en agosto (excepto retenes), como hasta ahora.

i. Plan de igualdad:

Mantenemos el plan de igualdad y las mejoras que recoge para las jornadas reducidas, entre otras.

j. Las horas extra:

Para calcular cuanto ganamos por hora extra puedes usar este formulario: pincha aquí. Mantenemos la opción de compensar con 1 h 45 min cada hora extra trabajada.

k. Compensación por festivo trabajado:

Seguimos teniendo un día de libre disposición y la misma remuneración por cada festivo trabajado.

l. Licencias:

Las licencias a las que teniamos derecho se mantienen, incluidas las relacionadas con parejas de hecho y permisos por hijos con discapacidad.