Si formalizaste un préstamo hipotecario con una entidad bancaria
en el que asumiste los gastos, aún es posible reclamarlos a la
entidad independientemente de cuándo se firmara el mismo.
En concreto, las partidas reclamables serían las siguientes según
ha fijado el propio Tribunal Supremo:
100 % factura Registro Propiedad.
100 % factura gestoría.
100 % factura tasación.
50 % factura notaria.
100% comisión de apertura.
Desde UGT realizamos un estudio gratuito y sin compromiso
(telemático) sobre tu caso particular para realizar un cálculo de
las cantidades a recuperar, dando la opción de iniciar todos los
trámites sin tener que incurrir en ningún tipo de gastos de
abogado o procurador. Solo en el caso de que el cliente recupere
alguna cantidad se cobraría un pequeño porcentaje del total de
las cantidades recuperadas.
Si deseas que revisemos tu caso puedes contactar con nosotros.
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